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Contrato de aprendizaje

1.       ¿Qué es el contrato de aprendizaje?
Es una forma de vinculación dentro del derecho laboral sin subdirección y por un plazo menor de dos años en donde la persona recibe información teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios par que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo operativo comercial o financiero propios del giro ordinario de actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual en ningún caso constituye salario.

2.       ¿Qué normas controlan la contratación de aprendizaje?
Ley 789 de 2002
Decreto 933 de 2003
Decreto 2585 de 2003
Decreto 620 de 2005
Decreto 451 de 2008
Acuerdo 0015 del 11 de diciembre de 2003
Acuerdo 0016 del 11 de diciembre de 2003
Acuerdo No 000009 de 2005
Acuerdo 011 de 2008
Circular 361 de 2008
Decreto 1779 de 2009

3.       ¿Cuales  son las alternativas para cumplir con la cuota de aprendices?
Con los siguientes estudiantes :Aprendices SENA;  Aprendices de la media técnica grados 10 y 11;  Aprendices de instituciones de formación para el trabajo y desarrollo humano que tengan programas reconocidos por el SENA; Aprendices técnicos y tecnólogos de instituciones de educación superior profesional aprendices universitarios.
4.       ¿Sobre que bases se determina la cuota mínima de aprendices?
En cada empresa deben encontrarse un aprendiz SENA por cada 15 trabajadores, obviamente si la empresa tiene menos de 15 trabajadores no aplicara para que los aprendices cumplan sus practicas.
5.       ¿Cuando usted se encuentre en la etapa productiva, que debe hacer si lo ponen a laborar en una actividad que yo no estudie?
-Informar al coordinador académico de su centro de formación quien enviara al instructor que visita las empresas de los aprendices que se encuentren en su etapa productiva.
-Informar al coordinador de relaciones corporativas de su regional, quien enviara un asesor corporativo integral de la empresa.
-Ingresar a la pagina web www. Sena.edu.co/portal/quejas y reclamos informando la situación que se presenta nombre de las empresas ciudad nombre y apellidos del aprendiz tipo de formación y el nombre del centro de formación.
-Informar a los trabajadores sociales de los centros de formación.
Yo preferiría escoger informarle al director, ya que el es la cabeza, y el puede decidir mejor, cuando las cosas no salen bien.